º Modificar el artículo 9º del Decreto 1778 de 1990, que en consecuencia quedará así: "Traslado a título de cesión del Fondo Agropecuario de Garantías administrado por el Banco de la República: El Banco de la República le trasladará a Finagro el Fondo Agropecuario de Garantías que esta entidad administrará. Dicho traslado a título de cesión conlleva la entrega de los recursos disponibles a la entrada en vigencia de la Ley 16 de 1990, junto con los derechos y garantías derivados de los certificados expedidos por el Fondo, los demás activos de éste existentes hasta la fecha del traslado y las utilidades que el mismo registre al momento de la liquidación definitiva del contrato de administración celebrado entre la Nación y el Banco de la República, previo el trámite presupuestal referente a la apropiación y el acuerdo de gastos sin situación de fondos. Cumplido lo anterior, la Nación y el Banco de la República darán por terminado y liquidarán el contrato de administración del citado Fondo, celebrado en desarrollo de las autorizaciones otorgadas por la Ley 21 de 1985 y por el Decreto 1352 de 1986".
Decreto 1133 de 1992 →Vigente
Artículo 1
Modificar El Artículo 9º Del Decreto 1778 De 1990, Que En Consecuencia Quedará Así: "traslado A Título De Cesión Del Fondo Agropecuario De Garantías Administrado Por El Banco De La República: El Banco De La República Le Trasladará A Finagro El Fondo Agropecuario De Garantías Que Esta Entidad Administrará
Decreto 1133 de 1992 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 16 de 1990 y se modifican los Decretos números 1778 y 2917 de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.