Los Secretario tienen la obligación de notificar personalmente, aun las providencias que pueden notificar por edicto, si las partes se presentan en la oficina antes de la fijación del edicto. Con todo puede notificarse personalmente aun fijado el edicto, si la parte se presente a exigirlo así:
Ley 103 de 1923 →Vigente
Artículo 322
Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.