Micelio

Artículo 15

Tanto El Ingeniero Director Como Los Ingenieros De Sección Y Los Administradores Contratistas Dictarán Los Reglamentos Que Á Cada Uno De Ellos Concierne Dictar Para El Mejor Desempeño De Su Cargo, Los Cuales Serán Aprobados Por El Gobernador Respectivo Y Remitidos En Copia Al Ministerio De Obras Públicas

Decreto 655 de 1907 · Por el cual se reglamenta la manera de llevar a cabo la construcción y conservación de las carreteras y caminos de herradura nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tanto el Ingeniero Director como los Ingenieros de sección y los Administradores contratistas dictarán los reglamentos que á cada uno de ellos concierne dictar para el mejor desempeño de su cargo, los cuales serán aprobados por el Gobernador respectivo y remitidos en copia al Ministerio de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 655 de 1907