Tanto el Ingeniero Director como los Ingenieros de sección y los Administradores contratistas dictarán los reglamentos que á cada uno de ellos concierne dictar para el mejor desempeño de su cargo, los cuales serán aprobados por el Gobernador respectivo y remitidos en copia al Ministerio de Obras Públicas.
Decreto 655 de 1907 →Vigente
Artículo 15
Tanto El Ingeniero Director Como Los Ingenieros De Sección Y Los Administradores Contratistas Dictarán Los Reglamentos Que Á Cada Uno De Ellos Concierne Dictar Para El Mejor Desempeño De Su Cargo, Los Cuales Serán Aprobados Por El Gobernador Respectivo Y Remitidos En Copia Al Ministerio De Obras Públicas
Decreto 655 de 1907 · Por el cual se reglamenta la manera de llevar a cabo la construcción y conservación de las carreteras y caminos de herradura nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.