El monto que se autorice para cada artículo de gastos incluido en la Ley de Apropiaciones debe aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del artículo, y no podrá excederse, salvo que el objeto y el monto del artículo se modifique por medio de créditos adicionales en los términos autorizados por esta Ley.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.