°. Modifíquese el numeral 13 del artículo 7° del Decreto 4881 de 2008, el cual quedará así: 13. Cuando la persona no tenga Número de Identificación Tributaria, salvo para las personas jurídicas extranjeras, que podrán inscribirse con el NIT de su sucursal en Colombia.
Decreto 2247 de 2009 →Vigente
Artículo 1
Modifíquese El Numeral 13 Del Artículo 7° Del Decreto 4881 De 2008, El Cual Quedará Así: 13
Decreto 2247 de 2009 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 4881 de 2008 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.