Micelio

Artículo 9

Decreto 667 de 1890 · Sobre exámenes generales para la concesión de grados en la Escuela de Veterinaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 9.° El alumno que solicitare el grado consignara previamente al Secretario de la Escuela de Medicina la suma de diez pesos de la ley ($10) los que serán distribuidos por iguales partes entre los miembros que formen el Consejo y Secretariado

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 667 de 1890