º. Para las licencias actualmente en curso se exigirá antes de concederlas la formalidad de que trata el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 667 de 1928 →Vigente
Artículo 4
Para Las Licencias Actualmente En Curso Se Exigirá Antes De Concederlas La Formalidad De Que Trata El Presente Decreto
Decreto 667 de 1928 · Por el cual se reglamenta la expedición de licencias para la venta o importación de especialidades farmacéuticas en relación con el nombre de éstas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.