Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1591 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 08 de 1994 de la Junta Directiva del Incora, que dispuso adecuar Estatutos Internos del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria a los principios y preceptos del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en la Ley 80 de 1993

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El artículo 48 de los Estatutos Internos del Incora quedará así: Artículo 48. Trámite Administrativo. En todo lo no previsto en la Ley 135 de 1961, sus decretos reglamentarios o en leyes especiales respecto de la tramitación administrativa de los negocios o asuntos de que conoce el Instituto, notificaciones de las providencias que dicte y ejecutoria de las mismas, se aplicarán los principios y reglas que rigen la función administrativa según la Constitución Política y el Código de lo Contencioso Administrativo. A las actuaciones contractuales que adelante el Incora les serán aplicables, en cuanto sean compatibles con la finalidad y los principios de la Ley 80 de 1993, las normas que rigen los procedimientos y actuaciones en la función administrativa. A falta de éstas, regirán las disposiciones del Código de Procedimiento Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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