Micelio

Artículo 7

º Definicion De La Situacion Juridica

Decreto 1853 de 1985 · Por el cual se dictan unas normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º DEFINICION DE LA SITUACION JURIDICA.Terminada la indagatoria y si se tratare de los casos previstos en el artículo 3º y en el inciso primero del artículo 4º de este Decreto, o de captura en flagrancia o cuasiflagrancia, la situación jurídica del aprehendido deberá definirse por auto interlocutorio, a más tardar, dentro de los cinco (5) días siguientes, decretando medida de aseguramiento si hubiere prueba que la justifique, u ordenando su libertad inmediata. En este último caso, el procesado suscribirá un acta en la que se comprometa a presentarse ante el juzgado cuando se le solicite. Si el procesado fuere dejado en libertad al término de la indagatoria, o hubiere sido declarado reo ausente, el plazo para resolver su situación jurídica será hasta de diez (10) días. El juez dispondrá del mismo término cuando fueren cinco (5) o más las personas aprehendidas, siempre que la captura de todas ellas se hubiere realizado el mismo día.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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