º La deuda de Cerro Matoso S. A. que será modificada por el Contrato entre la Nación (República de Colombia) y Cerro Matoso S. A. por el cual se modifican los términos y condiciones de la deuda de Cerro Matoso S.A. con la Nación derivada del Contrato de Préstamo Externo número 1762-CO y los pagos realizados a través del FODEX en virtud de la garantía al mismo, corresponderá a la suma de US$ 87.897.966.43 (ochenta y siete millones ochocientos noventa y siete mil novecientos sesenta y seis dólares de los Estados Unidos de América con cuarenta y tres centavos de dólar), equivalente en dólares a las siguientes sumas principales adeudadas por Cerro Matoso S. A. al FODEX, y por Cerro Matoso S. A. a la Nación en virtud del "Contrato de Asunción del Contrato de Préstamo 1762-CO entre la Nación, el Banco Mundial, y Cerro Matoso S. A.", y de los pagos realizados a través del Fondo de Monedas Extranjeras, FODEX: -$14.611.713.37 de dólares de los Estados Unidos de América; -$ 6.729.842.032 de yenes japoneses; -$ 33.253.358.22 de francos suizos.
Decreto 1407 de 1989 →Vigente
Artículo 3
La Deuda De Cerro Matoso S
Decreto 1407 de 1989 · Por el cual se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para modificar los términos y condiciones de la deuda externa de Cerro Matoso S. A. con la Nación y para suscribir los contratos relacionados con esta operación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.