º El máximum de peso permitido para que las cartas - paquetes puedan circular por los correos nacionales, será el de dos mil (2.000) gramos, siempre que la cubierta de ellas tenga la forma usual, y que su contenido no haya de perjudicar, en su conducción, a la demás correspondencia.
Decreto 592 de 1921 →Vigente
Artículo 2
El Máximum De Peso Permitido Para Que Las Cartas - Paquetes Puedan Circular Por Los Correos Nacionales, Será El De Dos Mil (2
Decreto 592 de 1921 · Por el cual se reforman los artículos 2° del Decreto número 245 de 1915, y 155, 224, 225 y 431 del Código Postal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.