Micelio

Artículo 18

Los Empleos Según Su Naturaleza Y Forma Como Deben Ser Provistos Son De Libre Nombramiento O De Carrera Administrativa

Decreto 1950 de 1973 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre administración del personal civil.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleos según su naturaleza y forma como deben ser provistos son de libre nombramiento o de carrera administrativa. Son de carrera administrativa los empleos de la rama ejecutiva, excepto los que se citan a continuación, que son de libre nombramiento y remoción

a)

Los de ministros del despacho, jefes de departamento administrativo, superintendentes, viceministros, secretarios generales de ministerio, departamento administrativo, y presidentes, gerentes o directores de establecimientos públicos o de empresas industriales y comerciales del Estado.

b)

Los empleos correspondientes a la planta de personal de los despachos de los funcionarios mencionados anteriormente, que cumplan funciones asistenciales y auxiliares y requieran la confianza personal de estos, por estar a su servicio directo.

c)

Los de la presidencia de la república.

d)

Los consejeros a que se refiere el artículo 11 del decreto 1050 de 1968.

e)

Los del servicio exterior, que tengan este carácter en la regulación de la carrera diplomática y consular.

f)

Los de agentes secretos y detectives.

g)

Los de la Registraduría Nacional del Estado Civil, cuya designación esté regulada por leyes especiales.

h)

Los de tiempo parcial o discontinuo.

i)

Los designados por período fijo, sin que exista facultad legal para removerlos libremente.

j)

Los que se determinen en los estatutos de los establecimientos públicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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