Micelio

Artículo 3

Ley 24 de 1917 · Por la cual se provee al saneamiento de los puertos de La Dorada y Puerto Niño en el río Magdalena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Gobernación del Departamento de Caldas dictar los decretos y demás disposiciones necesarias para la urbanización de la población y ejecución de las obras a que se refiere este Ley, sin contrariar las disposiciones nacionales y las de la asamblea Departamental.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1917