Establéese como estímulo para los menores un concurso anual en que se adjudicara al que triunfe una beca en el Instituto Técnico Central de Bogotá, costeado por la Nación.
Si el agraciado no hubiere cumplido la pena a que fue condenado, quedara a juicio del Juez de Menores, cuando este funcione, el que entre o no, a beneficiarse de tal beca; a falta de este funcionario, resolverá el caso el Gobernador del Departamento en vista del informe del Director del instituto.