Micelio

Artículo 3

, Del Presupuesto Vigente

Decreto 3738 de 1949 · Por el cual se hacen unas supresiones, unas creaciones, me modifican unas asignaciones en el personal del ramo de Correos y en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Modifícanse las siguientes asignaciones mensuales en el personal del ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos, así: ADMINISTRACION PRINCIPAL DE CORREOS DE BOGOTA Encomiendas y Valores. En $ 240 mensuales la plaza de Chofer Mensajero. Mayor valor $ 33.00 DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA Girardot. En $ 280 mensuales la plaza de Administrador de Correos. Mayor valor mensual 27.00 DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA Bolombolo. En $ 180 mensuales la plaza de Administrador de Correos. Mayor valor mensual 42.00 DEPARTAMENTO DE BOLIVAR Cartagena. En $ 300 mensuales la plaza de Agente Postal. Mayor valor mensual 13.00 DEPARTAMENTO DE BOYACA Soatá. En $ 149 mensuales la plaza de Administrador de Correos. Mayor valor mensual 11.00 DEPARTAMENTO DEL CAUCA Popayán. En $ 280 mensuales la plaza de Administrador Principal de Correos. Mayor valor mensual 27.00 DEPARTAMENTO DEL HUILA Garzón. En $ 180 mensuales la plaza de Administrador de Correos. Mayor valor mensual 31.00 En $ 120 mensuales cada una de las plazas de Auxiliares Quintos de la Administración de Correos. Mayor valor mensual 24.00 Neiva. En $ 260 mensuales la plaza de Administrador Principal de Correos. Mayor valor mensual 30.00 DEPARTAMENTO DEL TOLIMA Espinal. En $ 180 mensuales la plaza de Administrador de Correos. Mayor valor mensual 20.00 En $ 140 mensuales la plaza de Auxiliar Cuarto de la Administración de Correos. Mayor valor mensual 10.00 Suman $ 268.00

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, se imputará al Capítulo 97, articulo 1987, del Presupuesto vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3738 de 1949