Micelio

Artículo 18

Ley 33 de 1933 · Por la cual se adicionan y reforman algunas disposiciones sobre la Caja de Crédito Agrario e Industrial

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que el respectivo contrato de prenda agraria o industrial imponga al deudor, la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, podrá obtener la entrega inmediata de los bienes pignorados, a cuyo efecto bastará que lo solicite ante el juez competente o ante el juez del lugar donde se hallen los bienes.

El juez ante quien se haga la solicitud deberá decretar la entrega dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes sin admitir oposiciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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