°. Para los efectos contenidos en el presente decreto y teniendo en cuenta el deber constitucional de colaboración armónica entre las Ramas del Poder Público, cada caso en particular será debidamente estudiado. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad discrecional del Gobierno Nacional en materia de extradición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Decreto 2288 de 2010 →Vigente
Artículo 3
Para Los Efectos Contenidos En El Presente Decreto Y Teniendo En Cuenta El Deber Constitucional De Colaboración Armónica Entre Las Ramas Del Poder Público, Cada Caso En Particular Será Debidamente Estudiado
Decreto 2288 de 2010 · por medio del cual se reglamenta la Extradición Diferida contenida en los artículos 522 y 504 de las Leyes 600 de 2000 y 906 de 2004.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.