La organización interna del Instituto se ajustará a las siguientes normas:
Las Unidades de nivel directivo se denominarán Subdirecciones.
Las Unidades operativas, incluidas las que atienden servicios administrativos internos, se denominarán Divisiones, Secciones y Grupos.
Las Unidades que cumplan funciones de asesoría o coordinación se denominarán Oficinas o Comités y Consejos, cuando incluyan personas ajenas al Instituto.
Las Unidades que se creen para estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán Comisiones.