Micelio

Artículo 1

Ley 39 de 1973 · por la cual se aprueba el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, firmado en Montreux, Suiza, el 12 de noviembre de 1965, su Protocolo final y Protocolos adicionales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . Apruébase el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, firmado en Montreux, Suiza, el 12 de noviembre de 1965, su Protocolo Final y Protocolos adicionales, y que a la letra dice:

CONVENIO INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES

Preámbulo.

1 Reconociendo en toda su plenitud el derecho soberano de cada país de reglamentar sus telecomunicaciones, los plenipotenciarios de los gobiernos contratantes, de común acuerdo y con el fin de facilitar las relaciones y la cooperación entre los pueblos por medio del buen funcionamiento de las telecomunicaciones, celebran el siguiente Convenio:

2 Los países y grupos de territorios que llegan a ser parte en el presente Convenio constituyen la Unión Internacional de Telecomunicaciones.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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