Artículo único . Apruébase el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, firmado en Montreux, Suiza, el 12 de noviembre de 1965, su Protocolo Final y Protocolos adicionales, y que a la letra dice:
CONVENIO INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
Preámbulo.
1 Reconociendo en toda su plenitud el derecho soberano de cada país de reglamentar sus telecomunicaciones, los plenipotenciarios de los gobiernos contratantes, de común acuerdo y con el fin de facilitar las relaciones y la cooperación entre los pueblos por medio del buen funcionamiento de las telecomunicaciones, celebran el siguiente Convenio:
2 Los países y grupos de territorios que llegan a ser parte en el presente Convenio constituyen la Unión Internacional de Telecomunicaciones.