Destinación. Los recursos de la participación para educación del Sistema General de Participaciones que se transfieren a los Territorios Indígenas se destinarán a financiar lo correspondiente y equivalente a los niveles de educación preescolar, básica y media, y de manera prioritaria a
Pago de los dinamizadores del SEIP que tienen una relación laboral, legal y reglamentaria.
Construcción, adecuación y mantenimiento de la infraestructura de los espacios educativos, definidos en el componente pedagógico SEIP donde se reporte la matrícula.
Pago de servicios públicos y funcionamiento de los espacios educativos donde se reporte la matrícula.
Provisión de la canasta educativa o equivalente en el marco del SEIP.
Las destinadas a mantener, evaluar y promover la calidad y pertinencia educativa.
Contratación del transporte escolar, en la medida en que las condiciones geográficas así lo exijan para garantizar el acceso y la permanencia de los niños y las niñas en el sistema educativo, siempre y cuando se garantice la atención educativa.