Micelio

Artículo 2

Ley 52 de 1990 · por la cual se establece la estructura orgánica Marco del Ministerio de Gobierno; se determinan las funciones de sus dependencias, se dictan otras disposiciones y se conceden unas facultades extraordinarias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde al Ministerio de Gobierno, a través del Ministro y de acuerdo con el Presidente de la República, la formulación y adopción de la política del Sector Gobierno.

En consecuencia, el Ministerio de Gobierno atiende las materias relativas, al orden público interno; a los asuntos políticos; a la paz, la convivencia ciudadana y los derechos y libertades fundamentales; a la participación ciudadana en la vida y organización social y política de la Nación; a los asuntos indígenas; a las relaciones entre la Nación y las entidades territoriales de la República y demás asuntos relativos a ellas, en los términos definidos en la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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