DE LOS EMPLEOS DEL NIVEL PROFESIONAL. Serán requisitos mínimos para el desempeño de los empleos del nivel profesional, los siguientes: GRADOS REQUISITO MINIMO 01, 02, y 03 Título de formación universitaria y tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley. 04 y 05 Título de formación universitaria, tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley y un (1) año de experiencia profesional. 06, 07 y 08 Título de formación universitaria, tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley y dos (2) años de experiencia profesional. 09 y 10 Título de formación universitaria, título de formación avanzada o de postgrado y tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley. 11 y 12 Título de formación universitaria, título de formación avanzada o de postgrado, tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley y un (1) año de experiencia profesional. 13 y 14 Título de formación universitaria, título de formación avanzada o de postgrado, tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley y dos (2) años de experiencia profesional. 15 en adelante Título de formación universitaria, título de formación avanzada o de postgrado, tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley y tres (3) años de experiencia profesional.
No podrá ser compensado en este nivel, el título de formación universitaria.