Micelio

Artículo 16

De La División De Contratos De Arrendamiento

Decreto 1296 de 1969 · Por el cual se aprueba la organización interna del Instituto Nacional de Provisiones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la división de contratos de arrendamiento . Son funciones de la división de contratos de arrendamiento: 1. estudiar y atender las solicitudes que las entidades nacionales dirijan al instituto sobre la necesidad de tomar en arrendamiento inmuebles de propiedad particular. 2. revisar, tramitar y supervisar el registro de todos los contratos de arrendamiento; 3. supervisar y controlar en forma permanente que los registros de los contratos de arrendamiento se hallen al día y velar por el pago oportuno de ellos, informando a la subgerencia financiera cualquier deficiencia que observe. 4. mantener un inventario de los inmuebles que la nación paga a sus diferentes entidades, discriminando su localización, características, valor mensual del canon de arrendamiento, dependencia que lo utiliza y plazo del vencimiento del contrato; 5. estudiar y proponer las modificaciones, prorrogas y terminación de los contratos, y 6. las demás que la gerencia general considere conveniente adscribirle.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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