Micelio

Artículo 4

Ley 74 de 1927 · Por la cual se ordena una compra y la construcción de varis obras y se da una autorización al Poder Ejecutivo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para atender al pago del muelle de la Machina, sus anexidades, dependencias y privilegio y para la cumplida ejecución de la presente Ley, queda autorizado al Poder Ejecutivo para contratar empréstitos, internos o externos, para las cantidades que fueren necesarias a esos fines.

Parágrafo

Los contratos de empréstitos o de construcción y equipo autorizados en esta Ley requieren únicamente para su validez de la aprobación del Poder Ejecutivo, previo dictamen favorable del Consejo de Ministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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