°. Escala de viáticos. A partir de la vigencia del presente decreto, fíjese la siguiente escala de viáticos para el personal de la Policía Nacional destinado para prestar sus servicios como Policía de Tránsito y Transporte adscrita al Ministerio de Transporte que deba cumplir comisión en el territorio nacional así: GRADO VIÁTICOS DIARIOS EN CIUDADES CAPITALES SEDE DE LAS ASESORÍAS REGIONALES DEL MINTRANSPORTE VIÁTICOS DIARIOS P ARA COMISIONADOS EN OTRAS CIUDADES O POBLACIONES Mayor General 387.869 306.782 Brigadier General 327.440 256.859 Coronel 267.010 206.933 Teniente Coronel 206.576 157.013 Mayor 157.862 121.248 Capitán 145.234 125.192 Teniente 129.879 114.294 Subteniente 118.413 100.763 Comisario 124.831 104.602 Sargento Mayor 124.831 104.602 Subcomisario 104.314 83.139 Sargento Primero 104.314 83.139 Intendente Jefe 99.016 82.005 Intendente 91.685 80.872 Sargento Viceprimero 91.685 80.872 Subintendente 84.629 78.705 Sargento Segundo 84.629 78.705 Cabo Primero 79.583 76.406 Patrullero 78.852 74.044 Patrullero de Policía 78.852 74.044 Cabo Segundo 78.852 74.044 Cabo Tercero 77.848 73.966 Agente 76.890 73.887
Cuando se comisione a los funcionarios por un término superior a quince (15) días en la misma ciudad, las cuantías señaladas anteriormente se disminuirán así: Entre 16 y 30 días, en un veinticinco por ciento (25%). De 31 días en adelante, en un cincuenta por ciento (50%).
Cuando no se pernocte en el lugar de la comisión, solo se reconocerá hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado en el presente artículo.