Conformación. El SIMEV estará conformado así
El Registro Nacional de Valores y Emisores - RNVE, el cual tendrá por objeto inscribir las clases y tipos de valores, así como los emisores de los mismos y las emisiones que estos efectúen, y certificar lo relacionado con la inscripción de dichos emisores, clases y tipos de valores;
El Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV, el cual tendrá por objeto la inscripción de las entidades señaladas en el numeral 1 del
del artículo 75 de la Ley 964 de 2005 así como las demás personas que se establecen en el artículo 5.3.1.1.1; c) El Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores - RNPMV, el cual tendrá por objeto la inscripción de las personas naturales a que se refiere el artículo 5.4.1.1.2 del presente decreto.