Artículo cuarentaicuatro. Franquicia postal en el régimen interior y urbano. Gozarán de la franquicia postal en el interior del país y en el Servicio Postal Urbano las personas naturales o jurídicas a las cuales se les haya concedido o se les conceda este privilegio por ley de la República.
Decreto 1580 de 1974 →Vigente
Artículo 44
Decreto 1580 de 1974 · Por el cual se dictan normas básicas sobre el Servicio Postal Colombiano
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.