Continuidad de los subsidios . Los beneficiarios de los subsidios para el aporte en pensión del Fondo de Solidaridad Pensional antes de 18 de diciembre de 2009 continuarán recibiendo el subsidio en las mismas condiciones establecidas al momento de su ingreso. (Decreto 4944 de 2009, artículo 3°)
Decreto 1833 de 2016 →Vigente
Artículo 2.2.14.1.29
Continuidad De Los Subsidios
Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.