Micelio

Artículo 1

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 1357 de 2019 · por el cual se modifica el artículo 2.2.12.3.5 del Capítulo 3, Título 12, Parte 2, Libro 2 del Decreto número 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, adicionado por el artículo 2° del Decreto número 988 de 2018, en lo relacionado con los documentos Conpes de operaciones de crédito público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 2.2.12.3.5 del Capítulo 3, Título 12, Parte 2, Libro 2 del Decreto número 1082 de 2015, adicionado por el artículo 2° del Decreto 988 de 2018, el cual quedará así: “ Artículo 2.2.12.3.5. Excepción para documentos Conpes de operaciones de crédito público . Los ajustes durante la ejecución de las operaciones de crédito público no requerirán del concepto del Conpes, sin perjuicio de la trazabilidad que sobre los mismos lleven a cabo el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Parágrafo

Cuando el documento Conpes sea de concepto favorable para la celebración de operaciones de crédito público, y a su vez haya efectuado una declaratoria de importancia estratégica sobre el proyecto de inversión en los términos de la Ley 819 de 2003, deberán seguirse las reglas previstas en el artículo 2.2.12.3.4 del presente decreto, únicamente para el componente de declaratoria de importancia estratégica”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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