Art. 5.° Si se presentaren obras de Religión ó de materias que tengan relación directa con la enseñanza religiosa, tales obras no serán calificadas por las Comisiones mientras no lo hayan sido, cuanto á la doctrina, por la Autoridad eclesiástica.
Decreto 563 de 1903 →Vigente
Artículo 5
Decreto 563 de 1903 · Que establece una exposición anual de la enseñanza
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.