Micelio

Artículo 24

Decreto 1482 de 1989 · Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para el fomento de las empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PATRIMONIO. El patrimonio de las administraciones cooperativas estará constituido por

1.

Los aportes sociales individuales y los amortizados.

2.

Las reservas y fondos permanentes.

3.

Las donaciones y auxilios que reciban con destino a su incremento patrimonial.

4.

Los excedentes del ejercicio que no tengan destinación específica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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