° Corresponde al Departamento, en relación con las Intendencias y Comisarías
Formular la política que deba seguirse para su administración y desarrollo;
Elaborar planes y programas para su fomento económico, social y cultural, los cuales se enviarán al Departamento Nacional de Planeación para que los coordine o incorpore en los planes generales de desarrollo y en los presupuestos anuales de inversión pública;
Promover, coordinar y evaluar la ejecución de los planes y programas a que se refiere el literal anterior y proponer los reajustes que aparecen convenientes o necesarios.
Ejecutar los proyectos y obras que los citados planes y programas le señalen;
Coordinar con los organismos competentes la realización de programas de integración fronteriza;
Coordinar la ejecución de los planes y programas de inversión que, con cargo a sus propios recursos, las mismas deben cumplir;
Aprobar, improbar o modificar los actos de las autoridades intendencias y comisarías que, conforme a las disposiciones vigentes, se hallen sujetos a dicho requisito;
Recomendar al Gobierno Nacional la aprobación, improbación o modificación de los actos de las autoridades intendeciales y comisariales que, conforme a la disposiciones vigentes, se hallen sujetos a dicho requisito;
Analizar los demás actos de autoridades intendenciales y comisariales y formular las observaciones y recomendaciones que considere del caso sobre constitucionalidad, legalidad y conveniencia;
Prestar asistencia técnica y administrativa a dichas entidades para el cumplimiento de sus funciones y el desarrollo de sus programas;
Celebrar contratos con entidades públicas o privadas para la ejecución de obras en su territorio o la realización de estudios.