° . Las funciones de la junta de la Corporación son de tres clases
Clase A: Que requieren para su validez aprobación del Gobierno Nacional.
Clase B: Que requieren para su validez el voto favorable del ministro de obras públicas o su delegado.
Clase C: Que no requieren para su validez de ninguna formalidad especial. Pertenecen a la Clase A
Adoptar los estatutos y cualquier reforma que a ellos se introduzca.
Disponer la contratación de empréstitos internos y externos con destino a la Corporación y aprobar los contratos respectivos, todo conforme a las disposiciones legales vigentes.
Conceder comisiones al exterior a sus funcionarios o empleados. Pertenecen a la Clase B: a) Aprobar el presupuesto anual de la Corporación y efectuar los traslados presupuestales necesarios para la ejecución de los programas del mismo. b) Aprobar los contratos cuta cuantía sea o exceda de $ 1.000.000. 00. c) Delegar en el Gerente el cumplimiento de las funciones relativas a nombrar y constituir apoderados en aquellos negocios que por su cuantía o naturaleza correspondan a la Junta, o deban ser aprobados por ella. Pertenecen a la Clase C: a)Formular la política general de la Corporación y los planes y programas que, conforme a las reglas prescritas por el Departamento de Planeación y el ministerio de Obras Públicas debe proponerse para su incorporación a los planes de los sectores y, a través de estos a los planes generales de desarrollo. b) Controlar el funcionamiento general de la Corporación y verificar su conformidad con la política adoptada. c) Establecer la organización administrativa de la Corporación; para tal efecto creará, suprimirá o modificará cargos y dependencias señalándoles sus funciones.
Darse su propio reglamento.
Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuantía sea superior a $ 200.000.00
Estudiar y aprobar, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, el reglamento interno del trabajo.
Examinar las cuentas y balances cada vez que lo estime conveniente.
Fijar las tasas por los servicios que preste la Corporación.
Estudiar el informe anual que debe rendir el gerente sobre las labores desarrolladas en el periodo.
Conceder, conforme a las disposiciones vigentes, permisos o licencias al gerente y designar la persona que haya de reemplazarlo en esos casos o en los de sus ausencias accidentales no mayor de 60 días.
Designar, mientras se hace el nombramiento respectivo por el Presidente de la República, a la persona que haya de reemplazar al gerente en sus faltas absolutas.
Autorizar al Gerente para delegar en sus subalternos algunas de las funciones que a éste corresponden.
Autorizar al Gerente para efectuar las expropiaciones que se requieran.
Las demás que le señalen las disposiciones vigentes y los presentes estatutos.