Ley 84 de 1873 · Código Civil de los Estados Unidos de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Todas las disposiciones testamentarias son esencialmente revocables, sinembargo de que el testador esprese en el testamento la determinacion de no revocarlas. Las cláusulas derogatorias de sus disposiciones futuras se tendrán por no escritas, aunque se confirmen con juramento.
Si en un testamento anterior se hubiere ordenado que no valga su revocacion si no se hiciere con ciertas palabras o señales, se mirará esta disposicion como no escrita.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.