Micelio

Artículo 5

Decreto 2064 de 1969 · por el cual se fijan las contribuciones de las empresas nacionales de aviación civil, no dedicadas a trabajos aéreos especiales, a favor de la Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles “Caxdac”.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. Este decreto tiene vigencia a partir del primero de mayo de mil novecientos sesenta y nueve (1969). Comuníquese,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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