Micelio

Artículo 18

De La Subdirección De Educación Ambiental

Decreto 1868 de 1994 · por el cual se complementa la estructura orgánica del Ministerio del Medio Ambiente y se distribuyen sus funciones entre sus dependencias internas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la Subdirección de Educación Ambiental. Son funciones de la Subdirección de Educación Ambienta las Siguientes

1.

Participar con el Ministerio de Educación Nacional en la elaboración de los planes y programas docentes y el pénsum que en los distintos niveles de educación nacional se adelanten en lo relacionado con el medio ambiente y promover programas de divulgación y educación no formal.

2.

Establecer las pautas para reglamentar la prestación del servicio ambiental y velar para que cumpla con los objetivos generales de la política ambiental de la Nación en coordinación con el Ministerio de Defensa Nacional.

3.

Proponer procesos de investigación que sustenten la evolución de una pedagogía adecuada para la educación ambiental y de metodologías que correspondan a las comunidades educativas según regiones, incluidos proyectos de etnoeducación con comunidades indígenas o negras.

4.

Diseñar y promover para su desarrollo en entidades públicas o privadas cursos dirigidos a integrantes de organizaciones ambientales de base, a usuarios de recursos naturales, a líderes ambientales, a colonos o migrantes y a poblaciones asentadas en áreas críticas mediante las cuales se difundan conceptos y prácticas ambientales y se les capacite para el manejo adecuado de los recursos naturales renovables, uso de recursos y tecnologías alternativas ambientalmente adecuadas.

5.

Promover programas de entrenamiento y capacitación del recurso humano necesario para la administración y el manejo de los recursos ambientales.

6.

Coordinar con las demás dependencias del Ministerio el desarrollo de sus actividades.

7.

Las demás que por su naturaleza le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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