º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 1768 de 1985 →Vigente
Artículo 2
º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
Decreto 1768 de 1985 · Por el cual se amplían algunos de los plazos contenidos en los Decretos 3227 de 1982 y 3159 de 1981.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.