°. Solicitud de conciliación contenciosa-administrativa. Para efectos del trámite de la conciliación contenciosa-administrativa tributaria de que trata el artículo 54 de la Ley 1111 de 2006, los contribuyentes, responsables y agentes retenedores deben presentar ante el Comité una solicitud por escrito con la siguiente información
Nombre y NIT del contribuyente, responsable o agente retenedor.
Identificación del proceso ante la autoridad judicial.
Actos administrativos demandados, indicando el mayor impuesto discutido o el valor de la sanción, según corresponda.
Fórmula conciliatoria propuesta indicando los valores a conciliar. A la solicitud se deben anexar los siguientes documentos, junto con la prueba del pago o acuerdo de pago de
Declaración privada del impuesto sobre la renta por el año gravable 2005, cuando se trate de un proceso por este concepto;
Declaraciones del impuesto sobre las ventas correspondientes al año 2006, cuando se trate de un proceso por dicho impuesto;
Declaraciones de retención en la fuente correspondientes al año 2006, cuando se trate de un proceso por este concepto;
Declaración privada sobre la que se pretende conciliar;
Prueba del pago o acuerdo de pago de los valores que resulten al aplicar los porcentajes señalados en el artículo 54 de la Ley 1111 de 2006.