Micelio

Artículo 2.3.1.1.2

Consejo Directivo Del Incentivo Forestal

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consejo Directivo del Incentivo Forestal . A fin de asesorar al Gobierno en la dirección, administración y funcionamiento del programa de Certificado de Incentivo Forestal (CIF), intégrese el Consejo Directivo del mismo, el cual estará conformado por

1.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado.

3.

El Director General de la Unidad de Planificación de Suelos Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Rurales (UPRA) o su delegado. El Fondo de Financiamiento del Sector Agropecuario (FINAGRO) será invitado permanente, con voz pero sin voto. La Secretaría Técnica del Consejo Directivo del Incentivo Forestal será ejercida por la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o quien haga sus veces.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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