º. Los Jueces Territoriales y sus Secretarios, los Procuradores Departamentales y Provinciales que laboren en los departamentos creados por el artículo 309 de la Constitución Política, salvo los destacados en San Andrés y Providencia. tendrán derecho al reconocimiento mensual de viáticos y gastos de viaje. así: Jueces y Procuradores Secretarios Viáticos $ 97.490 $ 57.442 Gastos de Viaje $ 41.972 $ 25.018
Decreto 67 de 1999 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 67 de 1999 · por el cual se fijan las escalas de viáticos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.