Micelio

Artículo 5

Para Que Los Fondos Regionales Puedan Efectuar Las Entregas A Que Alude El Artículo Anterior Se Requerirá: A) En El Caso De Pagos Parciales De Cesantía, Previsto En El Numeral 1º Del Artículo 18 Del Decreto 2351 De 1965, Acompañar A La Solicitud Correspondiente Copia De La Liquidación De Cesantía Efectuada Por El Empleador Y Aprobada Por El Trabajador, De La Autorización Expedida Por El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El Último Comprobante De La Cuenta Del Trabajador Expedido Por El Respectivo Fondo Regional, Y B) En Los Casos De Préstamos O Planes De Vivienda A Que Se Refieren Los Numerales 2, 4 Y 5 Del Artículo 18 Del Decreto 2351 De 1965, Presentar Con La Solicitud La Autorización Del Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social, La Relación De Los Trabajadores Beneficiados Si Se Trata De Un Plan De Vivienda, Y Los Documentos En Los Cuales Conste La Concesión De Los Préstamos Y Las Características De Éstos

Decreto 461 de 1973 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto número 98 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para que los Fondos Regionales puedan efectuar las entregas a que alude el artículo anterior se requerirá

a)

En el caso de pagos parciales de cesantía, previsto en el numeral 1º del artículo 18 del Decreto 2351 de 1965, acompañar a la solicitud correspondiente copia de la liquidación de cesantía efectuada por el empleador y aprobada por el trabajador, de la autorización expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el último comprobante de la cuenta del trabajador expedido por el respectivo Fondo Regional, y

b)

En los casos de préstamos o planes de vivienda a que se refieren los numerales 2, 4 y 5 del artículo 18 del Decreto 2351 de 1965, presentar con la solicitud la autorización del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la relación de los trabajadores beneficiados si se trata de un plan de vivienda, y los documentos en los cuales conste la concesión de los préstamos y las características de éstos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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