Micelio

Artículo 2

Son Funciones De La Comisión Nacional Para La Prevención Y Control De La Roya Del Cafeto: 1

Decreto 390 de 1979 · Por el cual se crea la Comisión Nacional para la Prevención y el Control de la Roya del Cafeto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2° Son funciones de la Comisión Nacional para la Prevención y Control de la Roya del Cafeto

1.

Elaborar el programa de operaciones y preparar el presupuesto anual de inversiones que las necesidades y las técnicas recomiendan para prevenir, controlar o erradicar la roya del cafeto;

2.

Aprobar, y coordinar las acciones de emergencia que se deban adelantar, en caso de presencia de la roya, en las plantaciones de cafeto del país, y

3.

Coordinar con los países miembros del Grupo Andino las acciones necesarias para prevenir, controlar o erradicar la roya que amenace o afecte los cafetos de la subregión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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