º . Competencias laborales y requisitos para el ejercicio de los empleos . El Gobierno Nacional determinará las competencias y los requisitos de los empleos de los distintos niveles jerárquicos, así: 5.1 Las competencias se determinarán con sujeción a los siguientes criterios, entre otros: 5.1.1 Estudios y experiencia. 5.1.2 Responsabilidad por personal a cargo. 5.1.3 Habilidades y aptitudes laborales. 5.1.4 Responsabilidad frente al proceso de toma de decisiones. 5.1.5 Iniciativa de innovación en la gestión. 5.1.6 Valor estratégico e incidencia de la responsabilidad. 5.2 Los requisitos de estudios y de experiencia se fijarán con sujeción a los siguientes mínimos y máximos: 5.2.1 Nivel Directivo . Mínimo: Título Profesional y experiencia. Máximo: título profesional, título de posgrado y experiencia. Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la Ley. 5.2.2 Nivel Asesor Mínimo: Título profesional y experiencia. Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia. 5.2.3 Nivel Profesional Mínimo: Título profesional. Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia. 5.2.4 Nivel Técnico Mínimo: Título de bachiller en cualquier modalidad. Máximo: Título de formación técnica profesional o de tecnológica con especialización o Terminación y aprobación del pénsum académico de educación superior en formación profesional y experiencia. 5.2.5 Nivel Asistencial Mínimo: Educación básica primaria. Máximo: Título de formación técnica profesional y experiencia laboral.
Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, los grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las normas sobre la materia no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando la ley así lo establezca.