Micelio

Artículo 809

-A

Decreto 2031 de 1953 · Por el cual se abre un crédito adicional - extraordinario- al Presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Fomento )

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Con base en los nuevos recursos fiscales de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional -extraordinario- a la Ley de Apropiaciones para la presente vigencia fiscal: MINISTERIO DE FOMENTO CAPITULO 76 Plan de Centrales y Plantas Eléctricas, con recursos del crédito. Al artículo 809-A. Para pagar el aporte de capital del Estado en el Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, con destino exclusivo a la ejecución del Plan de Centrales y Plantas Eléctricas, elaborado por dicho Instituto y aprobado previamente por el Gobierno Nacional, de conformidad con los Decretos legislativos números 1997 de 1952 y 866 de 1953, reglamentados por Decreto número 1568 de 1953 $ 9.000.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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