ARTICULO 78 . DEFINICIÓN. Perfil profesional policial, es el conjunto de condiciones personales, profesionales, morales, conocimientos, habilidades, destrezas, aptitudes y valores que debe poseer todo miembro de la Policía Nacional, para lograr un comportamiento adecuado y un eficiente desempeño profesional.
Decreto 354 de 1994 →Vigente
Artículo 78
Decreto 354 de 1994 · por el cual se modifica el reglamento de evaluación y clasificación para el personal de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.