Articulo 2.-Vigencia. El presente decreto modifica el artículo 1 del Decreto 2414 de 2019, y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo establecido en el articulo 18 de la Ley 185 de 1995. Los artículos del Decreto 2414 de 2019 no modificados por el presente Decreto continúan vigentes en su integridad. PUBLlQUESE y CÚMPLASE
Decreto 1434 de 2020 →Vigente
Artículo 2
-Vigencia
Decreto 1434 de 2020 · Por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto 2414 de 2019, que ordenó la emisión de "Títulos de Tesorerfa -TES-Clase B" destinados a financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación y efectuar operaciones temporales de tesorerfa correspondientes a la vigencia fiscal del año 2020
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.