Micelio

Artículo 3

Decreto 138 de 1888 · en desarrollo del Decreto Ejecutivo número 322, de 4 de Abril de 1888.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3° El Contador auxiliar creado por Decreto de 8 de Enero último desempeñará sus funciones en la Administración general de Hacienda para el efecto de examinar las cuentas antes de su incorporación, y como auxiliar de dicha Oficina en el ramo de Contabilidad dalos rá al Tenedor de libros el bordador de artículos de incorporación de cada cuenta. De las observaciones que haga este empleado se pasará copia a la Oficina general de Cuentas de la República junto con la cuenta respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 138 de 1888