Micelio

Artículo 7

Decreto 2665 de 1999 · por el cual se reglamenta el artículo 102 de la Ley 488 de 1998 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De las construcciones, ampliaciones o mejoras sustanciales. Se entiende por construcción, ampliación o mejora sustancial de un establecimiento hotelero o de hospedaje, la construcción y dotación de nuevas unidades habitacionales, instalaciones para servicios complementarios, equipos de dotación en general y toda obra nueva que amplíe o mejore sustancialmente sus servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2665 de 1999