Micelio

Artículo 13

El Ministerio De Educación Nacional Dictara Las Normas Necesarias, A Fin De Que A Los Estudiantes De Los Planteles De Educación Media, Oficiales Y Privados, Urbanos Y Rurales, Se Les Reconozca El Servicio De Empadronamiento Como Parte Del Servicio De Alfabetización

Decreto 1750 de 1973 · Por el cual se ordena la realización del XIV Censo Nacional de Población y III de Vivienda

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 13. El Ministerio de Educación Nacional dictara las normas necesarias, a fin de que a los estudiantes de los planteles de educación media, oficiales y privados, urbanos y rurales, se les reconozca el servicio de empadronamiento como parte del servicio de alfabetización. Los rectores de los planteles educativos prestarán la colaboración que les sea Solicitada por los Delegados Municipales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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