º. Funciones de la Secretarla General. Por efectos de lo dispuesto en el presente Decreto, la Secretaría General tendrá las siguientes funciones
Asesorar al Superintendente de Notariado y Registro en la adopción de las políticas y planes de la Entidad.
Preparar y ejecutar planes operativos y de desarrollo de la dependencia, identificando acciones integradas y de control interno e informarlas a las Oficinas de Planeación e Informática y de Control Interno, según su competencia, para su consolidación.
Atender bajo la dirección del Superintendente y por conducto de las distintas dependencias la prestación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados por la Entidad.
Dirigir, coordinar y controlar las actividades de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, de tal manera que los servicios a su cargo se presten conforme a las directrices del Gobierno y a las políticas, planes y programas de la Superintendencia, y los servicios de apoyo administrativo, financiero y técnico que requieran las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos en el desarrollo de sus funciones.
Orientar, dirigir y coordinar con la Oficina de Planeación e Informática los estudios técnicos y administrativos que soporten los cambios, la modernización y la eficaz gestión en el servicio de registro de instrumentos públicos, e impulsar su aplicación.
Colaborar en la evaluación técnica y administrativa que las dependencias especializadas de la Superintendencia realicen sobre planes y programas a cargo de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos.
Asistir al Superintendente, cuando así lo determine, en las gestiones y representaciones que ante organismos públicos y privados deben llevarse a cabo en materia de organizaciones y funcionamiento del servicio de registro de instrumentos públicos y de la Superintendencia.
Fijar los horarios de atención al público de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos.
Dirigir en coordinaci6n con la Oficina de Planeaci6n e Informática, la elaboración del proyecto de presupuesto de la Superintendencia y las aplicaciones y justificaciones detalladas de sus rubros, para ser presentados al Superintendente.
Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas de la Superintendencia y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma.
Dirigir y coordinar las funciones de las Divisiones dependientes de la Secretaría General.
Expedir las certificaciones que requieran las autoridades judiciales y administrativas.
Presentar informes peri6dicos al Superintendente sobre las actividades a su cargo y sobre el desarrollo de los programas de la Entidad.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.